¿Algún día el maestro será sustituido por las máquinas?

Equipo de trabajo

Equipo de trabajo
Colegas

bienvenida

Hola: este espacio fue creado para que te puedas entretener si no tienes otra cosa mejor que hacer.
Fue diseñado con la intención de dar seguimiento a los trabajos realizados en este curso.
Aquí encontraras un poquito de buena voluntad, algunos tips que te pudieran ayudar para ser mejor docente cada día, un poco de aquí y de halla que te ayudarán a reflexionar sobre tu quehacer docente. Pero sobre todo me encontraras a mi.

Buscar este blog

jueves, 7 de octubre de 2010

CONSEJO ACADEMICO INSTITUCIONAL

El consejo académico Institucional (CAI) es el órgano colegiado integrado por autoridades educativas, Docentes y alumnos con el objetivo de asesorar en aspectos técnicos y coordinar las acciones de los programas educativos, cuya planeación, desarrollo y evaluación tiendan a mejorar los índices de calidad (eficiencia y eficacia) de la formación académica de los alumnos y deberá quedar constituido en el mes de septiembre.

Los integrantes del CAI son:

I. Presidente Honorario: Supervisor Escolar
II. Presidente: Director Escolar
III. Coordinador Operativo: Subdirector Académico
IV. Secretario: Secretario Escolar
V. Consejeros Académicos

a) Docente; Representante de cada área de formación
b) Coordinador del área de orientación Educativa.
c) Coordinadores de áreas como haya en la estructura de la escuela

VI. Consejeros alumnos, participarán dos integrantes del Consejo Estudiantil

Son funciones del CAI:

I. Elaborar el Plan anual.

II. Realizar de manera periódica un seguimiento y evaluación de programas alternativos de desarrollo académico.

III. Aportar sugerencias para la toma de decisiones sobre asuntos de carácter técnico, administrativo y social en donde la escuela deba estructurar un criterio.

IV. Aprobar los programas de trabajo y desarrollo de actividades académicas de la escuela.

V. Participar en la elaboración del Plan Anual Escolar.

VI. Coordinar el establecimiento de comisiones académicas internas, organismos colegiados y acuerdos interinstitucionales relevantes.


Funciones de sus miembros:

I. Del Presidente Honorario:

a) Asistir a la instalación del Consejo Académico Institucional
b) Remitir el acta de instalación al Departamento de Bachillerato General o Tecnológico.
c) Visar el calendario de la sesiones ordinarias del CAI


II. Del Presidente.

a) Convocar a la primera sesión ordinaria para la instalación del CAI.
b) Presidir y moderar las sesiones de trabajo.
c) Rendir anualmente a la comunidad escolar, un informe de las metas logradas por el CAI.
d) Difundir el procedimiento para la elección de los consejeros alumnos.
e) Asegurar la aplicación de las políticas, estrategias y actividades emanadas por el programa anual del consejo académico.

III. Del Coordinador Operativo.

a) Representar y asumir la responsabilidad de las actividades programadas del consejo en caso de ausencias del presidente.
b) Ejecutar las comisiones que el consejo le confiera.
c) Integrar y difundir las acciones y acuerdos a realizar por el CAI.
d) Realizar el seguimiento, evaluación e informe de las actividades realizadas.
e) Informar a los miembros del consejo, los avances y resultados de las actividades desarrolladas.


IV. Del Secretario

a) Auxiliar al coordinador operativo en todas las labores administrativas.
b) Asentar y dar a conocer las actas de las reuniones ordinarias y extraordinarias.
c) Apoyar en todo lo necesario el desarrollo de los trabajos del CAI.

V. De los consejeros:

a) Asistir a todas las sesiones ordinarias y extraordinarias a que sean convocadas, con excepciones del presidente honorario será opcional.
b) Proponer ante el consejo las formas de organización interna que permitan el logro de las metas establecidas.
c) Analizar y, en su caso, aprobar el Plan Anual del CAI.
d) Presentar alternativas de solución respecto a los asuntos tratados en el pleno del CAI.
e) Aportar todo tipo de iniciativas tendientes a conocer y resolver los problemas que afectan la vida académica intrainstitucional.
f) Cumplir las condiciones que le sean asignadas por el pleno del CAI.


Para ser nombrado consejero académico, es necesario cubrir los siguientes requisitos:
I. Estar matriculado en la escuela
II. Ser alumno regular
III. Haber obtenido un promedio mínimo de 8.0 en el semestre inmediato anterior.
IV. Probidad personal, reconocida dentro y fuera de la escuela.

El CAI será instalado mediante un acto solemne, participando alumnos, personal docente, directivos y autoridades educativas.

Los miembros del CAI serán renovados o ratificados anualmente, al inicio de cada ciclo escolar.

De las sesiones:

I. El CAI celebrará sesiones ordinarias bimestrales y extraordinarias, cuando sea necesario.
I. Para que la reunión se pueda efectuar deberá existir una asistencia mínima del cincuenta por ciento más uno de los integrantes del CAI.
Todo integrante del CAI que haya cumplido con su comisión, se hará acreedor a un reconocimiento escrito por parte de la autoridad educativa correspondiente (con valor escalafonario sólo para Docentes).

Si un miembro del CAI infringe las disposiciones contenidas en el presente reglamento se hará acreedor a las siguientes sanciones:
I. Primera ausencia dará motivo a una llamada de atención verbal por el presidente.
II. Repetición del incumplimiento, dará lugar a una llamada de atención en los términos del Título Séptimo, Capítulo V, Artículo 146, 147 de las Disposiciones Reglamentarias en materia laboral para los Docentes del subsistema educativo estatal.
III. Los consejeros alumnos que incurran en incumplimiento de su comisión, serán sancionados conforme lo disponga la reglamentación interna de la escuela.

DE LAS ACADEMIAS

La academia escolar se concibe como un organismo colegiado y consultivo de naturaleza didáctico-pedagógica, de apoyo académico, de capacitación y actualización profesional de los miembros que la integran, las academias deberán integrarse con todo el personal Docente del área respectiva para el cumplimiento de sus propósitos.

Cada academia estará constituida por un Coordinador y un Secretario, los cuales serán electos democráticamente por los miembros del área respectiva, el resto de los integrantes se constituyen como vocales de academia.

Son funciones de la academia.

I. Promover el análisis, reflexión y discusión colegiada de los problemas y logros que los Docentes Horas Clase vivencían en su práctica educativa, obteniendo como resultado la generación de alternativas concretas de solución.
II. Propiciar y favorecer el incremento de experiencias didáctico-pedagógicas.
III. Fortalecer la capacitación y actualización de los integrantes de las academias sobre los fundamentos teórico-pedagógicos, psicológicos, sociológicos y prácticas educativas que sustentan los Planes y Programas de Estudios del Tipo Medio Superior.
IV. Fortalecer la comunicación profesional entre los Docentes que conforman la academia.
V. Mejorar la calidad de la práctica educativa.
VI. Identificar las relaciones entre los contenidos de las distintas asignaturas.
VII. Revisar e intercambiar materiales de estudio.
VIII. Estudiar con rigor académico los problemas presentados en el proceso enseñanza-aprendizaje.
IX. Evaluar el programa de asignaturas con base a la teoría curricular, con el propósito de ser analizado, interpretado y ejecutado.
X. Establecer relaciones interdisciplinarias (horizontales) y multidisciplinarias (verticales) entre los diversos programas de asignatura, para propiciar un estudio y práctica integral.
XI. Analizar, interpretar y proponer alternativas para aplicar las corrientes teóricas y metodológicas educativas actuales.
XII. Seleccionar y crear materiales didácticos que estimulen la creatividad del proceso enseñanza-aprendizaje.
XIII. Intercambiar recursos bibliográficos y hemerográficos de contenido científico, tecnológico y pedagógico.
XIV. Establecer criterios y diseñar instrumentos de evaluación de competencias académicas y laborales.
XV. Promover eventos académicos, para fortalecer directamente los trabajos de actualización y superación profesional de los docentes y alumnos en coordinación con las instancias académica correspondientes de vinculación, para el caso de Bachillerato Tecnológico.
XVI. Diseñar un plan de trabajo que se fundamente en las necesidades académicas de los docentes y alumnos.
XVII. Participar en el diseño de los proyectos de las “Jornadas de Planeación y Actualización del Trabajo Docente”.

Son funciones de los miembros de la academia.

I. Del Coordinador:

a) Asumir la responsabilidad de las actividades programadas por la academia.
b) Convocar y presidir las sesiones de trabajo, previamente calendarizadas.
c) Informar a la autoridad inmediata superior, los acuerdos establecidos en cada reunión.

II. Del Secretario:

a) Levantar el acta de acuerdos de la reunión, en donde firma cada uno de los participantes.
b) Llevar el seguimiento de las actividades programadas, así como de la asistencia de los miembros de la academia.
c) Tramitar conjuntamente con el Coordinador, los recursos materiales necesarios para la realización de las tareas convenidas.

III. De los Vocales:

a) Asistir a todas las reuniones de academia a que sean convocados.
b) Participar activamente en los acuerdos tomados en las reuniones.
c) Cumplir las comisiones que les sean asignadas por la academia.

No hay comentarios:

Publicar un comentario